Obra o instalación, interior o exterior, de poca entidad, que no modifica la estructura, ni el aspecto exterior del edificio, caracterizándose por ser de sencilla técnica.
Obras de nueva planta o de ampliación, reforma o consolidacion de edificios ya existentes que afectan a la estructura o a la fachada.
Licencia que concede el Ayuntamiento para proceder a la ocupación o uso de una edificación legalmente construida.
Actividades que por su escasa incidencia en el medio ambiente y la salud de las personas, y según el decreto 165/1999, de 9 de marzo, quedan exentas de la obtención de licencia de actividad prevista en la Ley 3/98 de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.
Actividades e instalaciónes públicas o privadas susceptibles de causar molestias o producir riesgos a las personas o sus bienes, así como originar daños al medio ambiente, por lo que deberán sujetarse al régimen de licencia contemplado en la Ley 3/98 de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco.